
¿Por qué incluir también autonomías “indígena [originario campesino]s” en el ya tan complejo sistema de autonomías? Porque es uno de los caminos más rápidos para reconocer a esos pueblos en su especificidad y con los derechos que ello implica, reconocidos ya por el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas de 2007 (que ya son leyes del Estado Boliviano) y por nuestra CPE (art. 2 y 30).
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